Declaración de Mala Praxis

La e-Revista Multidisciplinaria del Saber (e-RMS), es una revista científica digital con una política editorial en donde prevalece la credibilidad y autenticidad de los artículos que se publican, establece los siguientes criterios que deben ser tomados en cuenta para que no se declare la mala praxis al publicar un manuscrito.

  1. Garantía de derechos y originalidad:

    • Los autores deben asegurar que los derechos de las personas involucradas en la investigación sean respetados.
    • No se permite el envío simultáneo de manuscritos a otras revistas. El carácter inédito debe ser acreditado mediante una comunicación firmada.
  2. Manipulación de citas y conflictos de autoría:

    • Se penalizará la manipulación de citas, como citar fuentes no consultadas o excesiva auto-citación.
    • Autores y editores deben evitar conflictos de autoría, como la autoría fantasma o no merecida.
  3. Mala praxis y ética científica:

    • Se considera mala praxis la duplicación o segmentación de manuscritos.
    • Autores, editores y revisores deben comprometerse éticamente con la búsqueda de la verdad y el uso de métodos científicos.
  4. Responsabilidad ética en la publicación:

    • Editores, revisores y autores deben garantizar prácticas éticas en la publicación.
    • Se deben sancionar incumplimientos y seguir una revisión doble ciego rigurosa.
    • Los árbitros deben cumplir con la política antiplagio descrita en los aspectos éticos de e-Revista Multidisciplinaria del Saber (e-RMS). Esta política incluye el uso de software para detectar niveles de plagio y penalizaciones por fabricación, falsificación de datos e imágenes alteradas presentadas de manera intencional. El editor, como intermediario entre el autor, el revisor y los lectores, debe seleccionar trabajos que cumplan con la normativa vigente de la revista y representen una contribución a las ciencias sociales y al contexto histórico-social. Luego, basado en la revisión por pares, tomará la decisión de rechazar o aceptar un manuscrito.

    • Solventar conflictos de intereses:

      • No debe existir ninguna relación personal, profesional o económica entre los autores y los editores para garantizar transparencia e imparcialidad en la publicación.
      • Los árbitros deben notificar inmediatamente a los editores cualquier conflicto de interés que pueda afectar su imparcialidad hacia el manuscrito y, si es necesario, renunciar al proceso de arbitraje.
    • Se debe evitar la injerencia de la institución u organismo promotor en la labor del editor al presionarlo en la toma de decisiones con respecto al proceso editorial.

    • El incumplimiento de estos elementos constituye mala praxis y debe ser reportado y sancionado.

    • Los individuos acusados de mala praxis estarán protegidos contra acusaciones falsas o anónimas, siempre que haya evidencia adecuada para investigar el asunto.